martes, 19 de marzo de 2013

VOCABULARIO TEMA 7



Renta: Representa el valor o el precio de un factor de producción en un periodo determinado de su tiempo.

Desempleo cíclico: Es típico de las economías en las que el mercado es el principal asignador de recursos y los puestos de trabajo están ligados a la iniciativa privada que marca la actividad empresarial que sufre fases de expansión y recesión. Aumenta en las épocas de recesión, mientras que en las de expansión disminuye.

Desempleo estacional: Se debe a la existencia de ciertas actividades que solo requieren mano de obra en determinadas épocas del año.

Desempleo estructural: Desempleo que se debe a cambios en la oferta o en la demanda de trabajo, teniendo su origen en la inadecuación técnica de los trabajadores a las vacantes o en el exceso de solicitantes de un determinado puesto en relación a las vacantes.

Desempleo friccional: Es un desempleo voluntario de personas que, pudiendo estar trabajando desean tomarse un tiempo para estudiar, descansar o encontrar un trabajo mejor.

SEPE: Es el servicio público de empleo estatal.

EPA (Encuesta de Población Activa): Es una encuesta que realiza el INE con el fin de recabar datos relativos al empleo existente.

Población activa:  Incluyen tanto a las personas que se encuentran trabajando como a las que desean trabajar pero no pueden encontrar trabajo.

Población ocupada: Son todas las personas que están trabajando, tanto por cuenta ajena (asalariados) o los que trabajan por cuenta propia (autónomos)

Población desempleada: población activa, que no se encuentran trabajando pero están buscando empleo.
Salario: es la remuneración del trabajo prestado por cuenta ajena.

Demanda de trabajo: es la derivada de los puestos de trabajo que ofrecen las empresas.
Oferta de trabajo: la cantidad de trabajo que ofertan las familias. Depende del nivel de salarios, y las características de la población.

Sindicato: asociaciones para defender los derechos de los  trabajadores frente a los empresarios

Negociación colectiva: proceso para llegar a acuerdos entre empresarios y representantes de los trabajadores sobre las condiciones de trabajo de un centro de trabajo, una empresa o un grupo de empresas, dicho acuerdo se llama convenio colectivo.

Convenio colectivo: acuerdo que regula salarios, jornada laboral, tipos de contrato, las medidas de promoción profesional...etc

Tipo de interés:  es el porcentaje calculado sobre la cantidad prestada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario